Artículo 105 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un grupo de personas o empresas gana una licitación (un concurso para hacer un trabajo), todas deben firmar el contrato juntas como un solo equipo. Cada una es responsable de cumplir con lo que le toca, y en el contrato se debe especificar claramente qué parte del trabajo hará cada quién. El acuerdo que mostraron cuando entregaron su propuesta también se vuelve parte del contrato.
Texto oficial
Artículo 105.- Cuando la propuesta ganadora de la licitación haya sido presentada por varias personas, el contrato deberá ser firmado de manera conjunta y solidaria por el representante de cada una de ellas, identificando con precisión la parte de la obra que ejecutará cada una o la participación que tiene en el grupo. El convenio exhibido en el acto de presentación y apertura de propuestas formará parte integrante del contrato como uno de sus anexos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.