Artículo 171 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que la persona o empresa que va a hacer una obra (el contratista) debe hacer un plan donde escriba todas las actividades importantes que va a realizar. En ese plan, tiene que usar un dibujo con barras (como un calendario) para mostrar cuándo empieza y termina cada tarea y cuánto dura. También, para poder checar cómo va el avance, se pueden dividir esas actividades en partes más pequeñas, pero sin cambiar el plan original ni los costos y cantidades que ya se acordaron en el contrato.
Texto oficial
Artículo 171.- En el programa de ejecución de los trabajos, el contratista deberá desglosar las actividades principales de obra a realizar y representar en forma gráfica mediante diagrama de barras la fecha de inicio y terminación y duración de cada actividad en los que se realizará la obra o servicio de que se trate. Para efecto de seguimiento y control de los trabajos, las actividades principales de obra podrán desglosarse en subactividades, las que no deberán afectar la estructura de la red de actividades ni las cantidades y costos indicados en las cédulas de avances y de pagos programados que sirvieron de base para adjudicar el contrato respectivo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.