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Artículo 170 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La cédula de avances y pagos programados es como una tabla donde el contratista (la persona o empresa que hace el trabajo) pone todas las actividades que le cuestan dinero. En esa tabla, el contratista debe anotar cuánto trabajo va a hacer cada mes y cuánto va a cobrar por ello. Así se puede ver claramente cómo va el avance físico (lo que ya se hizo) y el avance financiero (cuánto se ha pagado o se pagará). Es como un calendario de pagos y trabajos para que todo esté ordenado y claro.

Texto oficial

Artículo 170.- La cédula de avances y de pagos programados es una tabla o matriz en la que el contratista muestra todas las actividades que le representan un costo. En la cédula, el contratista deberá definir las cantidades y el importe de trabajos a ejecutar mensualmente, a efecto de reflejar el avance físico y financiero que tendrán los mismos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 65) ↗

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