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Artículo 266 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para cada obra de construcción, tienes que hacer planes detallados sobre cómo vas a usar el dinero, el personal, las máquinas y los materiales. El plan de trabajo debe dividirse por etapas y fechas, indicando cuánto trabajo se hará cada semana o mes y cuánto va a costar. También debes especificar qué tipo de trabajadores ocupas (técnicos, administrativos u obreros), cuántos son y cuánto se les va a pagar por día, semana o mes. En el caso de la maquinaria, anota sus características, cuántas horas se usará y el costo por día, semana o mes. Por último, para los materiales y equipos que se quedarán instalados, describe sus cantidades, características y el costo por el mismo periodo de tiempo.

Texto oficial

Artículo 266.- Los programas de ejecución, utilización de recursos humanos, de maquinaria y equipo de construcción de cada obra, deberán elaborarse conforme a lo siguiente: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 15 de diciembre de 2003. Última reforma POGG 30 de enero de 2026 REGLAMENTO DEL LIBRO DÉCIMO SEGUNDO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO 92 I. El programa de ejecución y erogaciones se desagregará en etapas, conceptos y actividades, señalando fechas de inicio y término de cada una, las cantidades de trabajo que se ejecutarán semanal o mensualmente y los importes parcial y total; II. El programa de utilización de recursos humanos deberá consignar la especialidad, categoría, número requerido y percepciones totales por día, semana o mes. El programa incluirá el personal de técnico, administrativo y obrero, encargado directamente de la ejecución de los trabajos; III. El programa de utilización de la maquinaría y equipo de construcción señalará sus características, capacidad, número de unidades, total de horas efectivas de utilización, calendarizadas y los importes correspondientes por día, semana o mes; IV. El programa de suministro de los materiales y equipo de instalación permanente, sus características, cantidades, unidades de los materiales, equipo que se requiera, calendarizadas y el importe correspondiente por día, semana o mes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 91) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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