Artículo 29 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las personas que quieran participar en una licitación pública (que es como una competencia para elegir a quién le compra algo el gobierno) tienen el mismo derecho a recibir la misma información, sin importar quiénes sean. También deben cumplir los mismos requisitos que los demás participantes, y nadie puede tener ventajas o condiciones especiales. En pocas palabras, la ley dice que todos compiten en igualdad de circunstancias y nadie puede ser tratado mejor que otro.
Texto oficial
Artículo 29.- Las personas interesadas en las licitaciones públicas que norma este Reglamento tendrán sin distinción, igual acceso a la información correspondiente, cumplirán los mismos requisitos y participarán bajo las mismas condiciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.