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Artículo 38 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno puede juntar varias obras o servicios en un solo aviso público para que todos sepan que se necesita a alguien que los realice. Ese aviso se publica en al menos un periódico muy conocido de tu estado y en otro de todo el país, para que llegue a más gente. También lo suben a internet en los portales que la Contraloría (la oficina que vigila el dinero público) tenga habilitados. Así cualquier persona o empresa puede enterarse y participar en el concurso.

Texto oficial

Artículo 38.- En una convocatoria pública se podrán licitar una o más obras públicas o servicios. La convocatoria se publicará en por lo menos uno de los diarios locales de mayor circulación en el Estado y en uno de los diarios de mayor circulación nacional; así como en los medios electrónicos que para tal efecto disponga la Contraloría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.