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Artículo 12 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las oficinas del gobierno, como dependencias, municipios y tribunales, tienen que subir su plan de compras del año a COMPRAMEX (el sistema donde se publican las compras del gobierno). Esto lo deben hacer a más tardar el 31 de enero de cada año, o antes si van a comprar algo que empiece en enero. La idea es que quede registrado qué van a comprar, rentar o contratar, para que todo esté organizado y planeado desde el principio.

Texto oficial

Artículo 12.- Las dependencias, organismos auxiliares, tribunales administrativos y municipios registrarán la información relativa a los Programas Anuales de Adquisiciones a través del COMPRAMEX, con el propósito de sustentar los procesos de planeación, programación y sistematización de las adquisiciones de bienes, arrendamientos y contratación de servicios, a más tardar el treinta y uno de enero del ejercicio fiscal correspondiente, o bien, previo al requerimiento de contrataciones cuya vigencia inicie en el mes de enero.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.