Artículo 13 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cada dependencia y organismo del gobierno tiene que cumplir con su propio plan de compras del año. Los municipios, tribunales y organismos auxiliares se encargan directamente de llevar a cabo sus compras. En cambio, las dependencias del gobierno estatal no lo hacen solas, sino que la Secretaría es la que verifica que lo hagan bien. En resumen, unos ejecutan sus compras y otros solo supervisan que se hagan.
Texto oficial
Artículo 13.- Los organismos auxiliares, tribunales administrativos y municipios serán responsables de la ejecución de sus programas anuales de adquisiciones; las dependencias lo serán de verificar la ejecución de sus programas a través de la Secretaría. TÍTULO TERCERO DE LOS REQUISITOS PREVIOS AL PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN CAPÍTULO PRIMERO DE LA SOLICITUD
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.