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Artículo 23 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El catálogo de bienes y servicios es una lista oficial donde se registran los productos y servicios que el gobierno puede comprar. Esta lista se tiene que poner al día según el clasificador por objeto de gasto, que es como un listado que dice en qué puede gastar dinero el gobierno en ese año. En pocas palabras, cada año fiscal se revisa y ajusta esa lista para que coincida con lo autorizado para gastar.

Texto oficial

Artículo 23.- El catálogo de bienes y servicios se actualizará conforme al clasificador por objeto de gasto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.