Artículo 5 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Secretaría es la única que puede aclarar lo que dice este Reglamento cuando algo no esté claro. Por otro lado, la Contraloría es la encargada de checar que se cumpla lo que aquí se ordena. En palabras simples, una dependencia explica las reglas y la otra se asegura de que se sigan al pie de la letra.
Texto oficial
Artículo 5.- La Secretaría está facultada para interpretar las disposiciones del presente Reglamento. Corresponde a la Contraloría vigilar la aplicación del mismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.