Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 5 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la única que puede aclarar lo que dice este Reglamento cuando algo no esté claro. Por otro lado, la Contraloría es la encargada de checar que se cumpla lo que aquí se ordena. En palabras simples, una dependencia explica las reglas y la otra se asegura de que se sigan al pie de la letra.

Texto oficial

Artículo 5.- La Secretaría está facultada para interpretar las disposiciones del presente Reglamento. Corresponde a la Contraloría vigilar la aplicación del mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.