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Artículo 68 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo establece las reglas para una licitación pública, que es un proceso donde el gobierno compra cosas o contrata servicios con el dinero de todos. Primero, la dependencia que organiza la licitación debe fijar fechas para juntas de aclaraciones (donde resuelven dudas) y para recibir y abrir las propuestas de los interesados, todo en un plazo máximo de 15 días hábiles después de publicar la convocatoria. La venta de los documentos (llamados "bases") con todos los requisitos comienza el día de la publicación y termina un día hábil antes de la junta de aclaraciones, o si no hay junta, un día hábil antes de la apertura de propuestas. En cualquier caso, las bases deben estar a la venta al menos 3 días hábiles. La dependencia puede cambiar las reglas hasta 5 días hábiles antes de la apertura de propuestas, pero debe avisar a todos con 3 días de anticipación, por ejemplo, a través del sistema COMPRAMEX. Por último, la junta de aclaraciones debe hacerse 3 días hábiles antes de la apertura de propuestas, y cualquier cambio que salga de esa junta se añade a las bases y se entrega copia a quienes ya compraron los documentos.

Texto oficial

Artículo 68.- En el procedimiento de licitación pública se observará lo siguiente: I. La convocante con base en las necesidades de las unidades administrativas solicitantes de la adquisición de bienes o la contratación de servicios, y atendiendo a las características de los mismos, programará las fechas en que tendrá verificativo la junta de aclaraciones, en su caso, y el acto de presentación y apertura de propuestas, y fallo, dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria; II. La venta de bases iniciará a partir del día de publicación de la convocatoria y concluirá el día hábil anterior al día de celebración de la junta de aclaraciones. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de octubre de 2013. Última reforma POGG 19 de junio de 2014 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 21 Cuando no se celebre junta de aclaraciones, la venta de bases concluirá el día hábil anterior a la celebración del acto de presentación y apertura de propuestas. En todo caso, el plazo de venta de bases no será menor a tres días hábiles contados a partir del día de la publicación de la convocatoria; III. La convocante podrá modificar la convocatoria o las bases dentro de los cinco días hábiles anteriores a la fecha de la celebración del acto de presentación y apertura de propuestas. En caso de que no se celebre junta de aclaraciones y se hagan modificaciones a la convocatoria o a las bases, se ajustará el plazo programado para la celebración del acto de presentación y apertura de propuestas; IV. Tales modificaciones se harán del conocimiento de los interesados tres días hábiles anteriores a la fecha señalada para la celebración del acto de presentación y apertura de propuestas, lo cual podrá ser a través del sistema COMPRAMEX; y V. La junta de aclaraciones deberá realizarse tres días hábiles antes de la celebración del acto de presentación y apertura de propuestas. Las modificaciones que se deriven de la junta de aclaraciones formarán parte integral de las bases y se entregará copia simple del acta correspondiente a las personas que acrediten haberlas adquirido.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.