Artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si al terminar el plazo para comprar las bases de la licitación nadie las compró, el gobierno (la Secretaría, los organismos auxiliares, los tribunales administrativos o los municipios) puede decir que la licitación queda desierta y no se lleva a cabo. Esto pasa solo si no hubo ningún interesado en participar.
Texto oficial
Artículo 72.- La Secretaría, organismos auxiliares, tribunales administrativos y municipios podrán declarar desierta una licitación cuando vencido el plazo de venta de bases, ningún interesado las adquiera. SECCIÓN TERCERA DE LA JUNTA DE ACLARACIONES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.