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Artículo 1 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta regla aplica para todo el Estado de México y es obligatoria para todos. Su objetivo es proteger a los animales y plantas silvestres, así como los lugares donde viven. También busca cuidar que su uso no dañe el medio ambiente. Todo esto está basado en el Código de la Biodiversidad del Estado.

Texto oficial

Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público e interés social, su aplicación de observancia general en el Estado de México y tiene por objeto reglamentar el Libro Quinto del Código de la Biodiversidad del Estado de México, relativo a la preservación, conservación, remediación, restauración, recuperación, rehabilitación, protección, fomento para el aprovechamiento sostenible de la vida silvestre y su hábitat en el territorio del Estado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.