Artículo 13 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para elegir al ganador del “Premio Anual Estatal de la Vida Silvestre”, el gobierno armará un grupo de personas que decidirán quién se lo lleva. Este grupo lo preside la Secretaría (la dependencia encargada) e incluye a un representante de la oficina de vida silvestre, uno de la Procuraduría de Protección al Ambiente (PROPAEM) y otro de la Comisión de Parques Naturales y Fauna; además, el Presidente del grupo puede invitar a alguien de la sociedad, de empresas privadas o de universidades que sepan del tema. El grupo solo puede tomar decisiones si está presente más de la mitad de sus miembros, y para aprobar algo se necesita el voto de la mayoría. Si hay empate, el Presidente tiene el voto decisivo para romperlo.
Texto oficial
Artículo 13. Para la elección del ganador del “Premio Anual Estatal de la Vida Silvestre”, la Secretaría presidirá y convocará a un jurado, el cual estará integrado por un representante de la Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de mayo de 2007. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 6 unidad administrativa responsable de la gestión de la vida silvestre, uno de la PROPAEM y uno de la Comisión Estatal de Parques Naturales y de la Fauna, así como un representante de los sectores social, privado y académico involucrados en el tema, quienes serán invitados libremente por el Presidente. El jurado sesionará válidamente con la mayoría de sus integrantes; sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. TÍTULO CUARTO DE LAS DISPOSICIONES COMUNES PARA LA CONSERVACIÓN Y EL APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LA VIDA SILVESTRE CAPÍTULO I PROCEDIMIENTO EN GENERAL
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.