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Artículo 26 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a juntar todos los reportes y documentos importantes que salgan de estudios científicos, trabajos académicos o técnicos sobre la vida silvestre y su hábitat en el Estado, sin importar si los hicieron personas o empresas, sean mexicanas o extranjeras. Todo eso se va a agregar para mejorar la información que ya tiene el Subsistema, que es como una base de datos oficial. En pocas palabras, están juntando información valiosa de cualquier fuente para tener un mejor registro de los animales, plantas y sus entornos.

Texto oficial

Artículo 26. La Secretaría reunirá informes y documentos relevantes que resulten de las actividades científicas, académicas, trabajos técnicos o de cualquier otra índole en materia de vida silvestre y su hábitat, realizados en el Estado por personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, los que serán ingresados para enriquecer la información del Subsistema.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.