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Artículo 71 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poder cazar legalmente, tú necesitas pedir una licencia especial. Esa licencia se la tienes que solicitar a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), siguiendo las reglas y requisitos que ellos pongan. Una vez que te la den, esa licencia solo sirve para cazar dentro del territorio del país. En pocas palabras, si quieres cazar, primero debes tramitar el permiso con el gobierno federal, no con los estados.

Texto oficial

Artículo 71. Las licencias para la práctica de la actividad cinegética deberán solicitarse por los interesados ante la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, en los términos , condiciones y requisitos que la misma establezca, y tendrá validez en el territorio del Estado. CAPÍTULO IV DE LA COLECTA CIENTÍFICA Y CON PROPÓSITO DE ENSEÑANZA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.