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Ley
Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
106

Artículo 106 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a pedirle a cada comité que haga su propio reglamento interno, o sea, las reglas con las que van a trabajar. Ahí deben definir cómo van a echar a andar todo y los pasos a seguir para funcionar. Esto es para que cada comité sepa cómo organizarse sin andar a la deriva.

Texto oficial

Artículo 106. La Secretaría promoverá que cada comité elabore su reglamento interior, en el cual se establecerán los mecanismos y procedimientos para su funcionamiento. CAPÍTULO XI DE LAS ACCIONES DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 38) ↗

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