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Artículo 110 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Estatal de Normalización Ambiental es el grupo encargado de crear las reglas técnicas para cuidar el medio ambiente en el Estado de México. Este comité solo puede hacer lo que le indique su propio reglamento, que es como un manual con sus funciones específicas. En otras palabras, si no está en ese reglamento, el comité no puede actuar por su cuenta. Todo esto forma parte de las normas para revisar cómo afectan al ambiente los proyectos o actividades.

Texto oficial

Artículo 110. La expedición de Normas Técnicas Estatales Ambientales, estará a cargo del Comité Estatal de Normalización Ambiental, el cual tendrá las funciones que determine su reglamento. CAPITULO XIII DE LA EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de mayo de 2007. Última reforma POGG 03 de junio de 2015 REGLAMENTO DEL LIBRO SEGUNDO DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 39

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

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