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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl109/149
Ley
Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
149

Artículo 149 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes hasta 10 días hábiles para hacer comentarios a un proyecto, pero solo si tú lo pides por escrito y explicas por qué lo necesitas. Además, esa solicitud la debes hacer dentro del plazo que ya te dieron en otra parte de la ley (el artículo 37 de esta misma regla). En pocas palabras: si quieres más tiempo para opinar, pídelo con justificación y en el momento correcto.

Texto oficial

Artículo 149. El tiempo para hacer observaciones y/o comentarios al proyecto de interés podrá ser hasta de diez días hábiles, siempre y cuando el interesado así lo solicite por escrito, dentro del plazo señalado en el artículo 37 del presente y justifique la solicitud realizada.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 44) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.