Artículo 195 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres filmar, tomar fotos o grabar sonidos dentro de un Área Natural Protegida para venderlos o usarlos con fines de dinero (comerciales), necesitas pedir un permiso por escrito. En tu solicitud debes incluir tus datos personales, explicar qué tipo de imágenes o sonidos vas a capturar y para qué los quieres. También tienes que entregar un plan detallado con las fechas, horarios de entrada y salida, cuánto tiempo vas a estar y en qué lugar exacto del área protegida piensas trabajar.
Texto oficial
Artículo 195. Para la obtención de una autorización para llevar a cabo filmaciones, actividades de fotografía o captura de imágenes o sonidos por cualquier medio, con fines comerciales al interior de las Áreas Naturales Protegidas, el interesado deberá presentar solicitud por escrito, en la cual se contengan los siguientes datos: I. Datos generales del solicitante; II. Informe del tipo de filmación, captura de imágenes o sonidos indicando el fin de las mismas; y III. Programa de actividades a desarrollar, en el cual se incluya, fecha, horarios de ingreso y salida, tiempo de estancia y ubicación del sitio en el Área Natural Protegida.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.