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Artículo 226 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La CEPANAF (que es la Comisión Estatal de Parques Naturales) va a juntar toda la información que tenga sobre las Áreas Naturales Protegidas, como los datos, mapas y una lista de las instalaciones que están dentro de esos lugares, y la va a meter al Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas. Esto significa que van a organizar un registro único con todo lo que ya se sabe de esas zonas, para tenerlo bien documentado.

Texto oficial

Artículo 226. La CEPANAF integrará al Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas, los datos registrados y planos disponibles, así como la lista de instalaciones con las que se cuente dentro de las Áreas Naturales Protegidas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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