Artículo 252 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) va a crear y aplicar medidas para evitar y controlar la contaminación del aire. Esto incluye cosas como humo, polvo, vapores, gases, olores, ruido, vibraciones y otros contaminantes que puedan dañar la salud o el ambiente. Para hacerlo, se basará en las normas oficiales o criterios técnicos que ya existen, y también en lo que dice este reglamento. En pocas palabras, el gobierno se encarga de poner reglas claras para que el aire no se contamine y no nos haga daño.
Texto oficial
Artículo 252. La Secretaría establecerá y aplicará las medidas de prevención y control de la contaminación atmosférica originada por humos, polvos, vapores, gases, olores, energías, radiaciones, ruido, vibraciones y demás contaminantes que puedan causar alteraciones significativas al ambiente o daños en la salud en los términos señalados por las normas o criterios técnicos aplicables y conforme a este reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.