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Ley
Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
287

Artículo 287 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un coche que contamina mucho, la Secretaría no solo te puede multar, también te va a decir qué pasos debes seguir para que puedas circular de nuevo. Esas instrucciones pueden ser cosas como arreglar el motor, cambiar el escape o ajustar el sistema de emisiones. O sea, no te dejan andar en la calle hasta que cumplas con lo que te pidan.

Texto oficial

Artículo 287. La Secretaría además de imponer las sanciones que procedan, determinará las medidas que deberá observar el propietario del vehículo ostensiblemente contaminante para que pueda circular.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 74) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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