Artículo 293 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley dice que las personas que trabajan en los verificentros (los lugares donde revisan los carros) deben estar capacitadas y tener un permiso oficial para hacer bien su trabajo. Eso significa que deben saber cómo revisar los autos y tener un documento que demuestre que están autorizados. Así se aseguran de que la verificación se haga correctamente.
Texto oficial
Artículo 293. El personal que labore en los verificentros autorizados, deberá tener la capacidad técnica y acreditación necesaria para el cumplimiento de sus funciones. CAPÍTULO IX DE LA SUSPENSIÓN Y REVOCACIÓN DE LAS AUTORIZACIONES DE VERIFICENTROS
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