Artículo 302 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando ocurre un desastre natural que contamina el aire (como incendios forestales o erupciones volcánicas), las autoridades como la Secretaría de Medio Ambiente y Protección Civil trabajarán juntas para resolverlo. Todas estas dependencias se pondrán de acuerdo para hacer lo necesario, como avisarle a la gente o limpiar el aire. Esto aplica solo cuando la contaminación viene de la naturaleza, no de fábricas o carros.
Texto oficial
Artículo 302. Para el caso de contingencias ambientales en materia de control de la contaminación a la atmósfera generadas por fuentes naturales, la Secretaría, la Dirección General de Protección Civil y demás dependencias del Estado competentes, se coordinarán para realizar las acciones necesarias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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