- Ley
- Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
- Artículo
- 31
Artículo 31 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Comisiones Técnicas y los Grupos de Trabajo solo pueden hacer propuestas o sugerencias, pero no tomar decisiones finales. Quien realmente decide y manda es el Pleno del Consejo, que es como la reunión de todos los miembros principales. Así que, aunque esos grupos trabajen y opinen, al final la última palabra la tiene el Pleno.
Texto oficial
Artículo 31. Las resoluciones que emitan las Comisiones Técnicas Permanentes y los Grupos de Trabajo tendrán un carácter propositívo y las decisiones serán tomadas por el Pleno del Consejo. SECCIÓN SÉPTIMA DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO
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