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Ley
Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
31

Artículo 31 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Comisiones Técnicas y los Grupos de Trabajo solo pueden hacer propuestas o sugerencias, pero no tomar decisiones finales. Quien realmente decide y manda es el Pleno del Consejo, que es como la reunión de todos los miembros principales. Así que, aunque esos grupos trabajen y opinen, al final la última palabra la tiene el Pleno.

Texto oficial

Artículo 31. Las resoluciones que emitan las Comisiones Técnicas Permanentes y los Grupos de Trabajo tendrán un carácter propositívo y las decisiones serán tomadas por el Pleno del Consejo. SECCIÓN SÉPTIMA DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 22) ↗

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