Artículo 318 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) va a pedirle a otras autoridades que impulsen formas de cuidar y restaurar la tierra en el campo, como en la agricultura y la ganadería. También debe asegurarse de que, antes de dar permiso para cambiar el uso del suelo (por ejemplo, dejar de usarlo para sembrar y usarlo para construir), se hagan estudios sobre cómo ese cambio va a afectar al entorno. En pocas palabras, busca que no se dañe el suelo sin antes revisar las consecuencias.
Texto oficial
Artículo 318. La Secretaría promoverá ante las autoridades competentes la introducción y generalización de prácticas de protección y recuperación de los suelos en las actividades agropecuarias, así como la realización de estudios de impacto ambiental previos al otorgamiento de autorizaciones para efectuar cambios del uso del suelo.
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