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Ley
Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
317

Artículo 317 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres agricultor o ganadero, tienes que cuidar la tierra para que no se dañe ni se pierda el equilibrio de la naturaleza. Eso significa que debes usar prácticas que mantengan el suelo sano y eviten que se maltrate, tal como lo marca este reglamento. Además, la Secretaría va a publicar reglas técnicas específicas para resolver los problemas ambientales más importantes del estado, y ahí te dirá exactamente qué debes hacer para cumplir.

Texto oficial

Artículo 317. Quienes realicen actividades agrícolas y pecuarias deberán llevar a cabo las prácticas de conservación y recuperación necesarias para evitar el deterioro de los suelos y del equilibrio ecológico, en los términos de lo dispuesto por este reglamento. La Secretaría emitirá las Normas Técnicas Estatales Ambientales para atender los problemas ambientales prioritarios, definiendo las prácticas a que se refiere el párrafo anterior.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 85) ↗

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