Artículo 349 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que los rellenos sanitarios (los lugares donde se tira y entierra la basura de las ciudades) deben tener todo lo necesario para cumplir con las reglas de seguridad e higiene en el trabajo. Esto significa que deben tener baños, equipo de protección, salidas de emergencia y lo que haga falta para que los trabajadores estén seguros y no se enfermen. Es como una obligación del patrón para cuidar a su gente, igual que en cualquier otra empresa.
Texto oficial
Artículo 349. En los rellenos sanitarios se deberá contar con las instalaciones necesarias para el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad e higiene en el trabajo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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