- Ley
- Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
- Artículo
- 354
Artículo 354 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 354 dice que, si vas a transportar residuos, debes usar un vehículo adecuado para que no se rieguen ni se derramen y así no dañen el ambiente. O sea, tu camión o camioneta tiene que estar en buenas condiciones para evitar fugas o que se vuele la basura. Además, debes seguir las reglas técnicas que marcan las autoridades sobre cómo debe ser ese transporte. Es como cuando llevas algo que se podría caer y lo aseguras bien para no ensuciar la calle.
Texto oficial
Artículo 354. El transporte deberá realizarse en vehículos con las características apropiadas para evitar que se dispersen o derramen los residuos y causen daños al ambiente, ajustándose a las normas técnicas correspondientes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.