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Artículo 353 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si en una empresa o fábrica se producen residuos peligrosos junto con otros residuos industriales (como basura normal o desechos no tóxicos), el dueño o responsable debe separarlos y manejar cada tipo por su cuenta. También tiene que llevar registros claros de cuánto se genera, cómo se transporta, cómo se trata y dónde se tira cada residuo, siguiendo las leyes que aplican para cada caso. Además, está obligado a dejar que la Secretaría (autoridad ambiental) revise sus instalaciones cuando lo ordene para verificar que todo está en orden. En resumen: separar, llevar cuentas y cooperar con las inspecciones.

Texto oficial

Artículo 353. Cuando en la misma fuente se generen residuos peligrosos además de otros tipos de residuos industriales, el generador deberá: I. Manejar los residuos por separado; II. Llevar los controles relativos a la generación, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos generados según las normas aplicables; y, III. Facilitar la realización de las inspecciones que ordene la Secretaría para verificar el cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento o en su carácter de auxiliar de las autoridades Federales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 90) ↗

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