Artículo 356 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa que genera residuos industriales quiere meter esos desechos en el suelo (por ejemplo, enterrarlos o tratarlos en la tierra), primero tiene que pedir permiso por escrito a la Secretaría de Medio Ambiente. No puede hacerlo por su cuenta, aunque tenga su propia técnica. Ese permiso es obligatorio y debe darlo la autoridad antes de empezar cualquier trabajo. La idea es que el gobierno revise si la actividad no va a dañar el ambiente.
Texto oficial
Artículo 356. En caso de que algún generador de residuos industriales pretenda realizar alguna técnica para incorporarlos a los suelos, deberá obtener autorización expresa de la Secretaría en materia de impacto ambiental.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.