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Artículo 44 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En las juntas del Consejo, cualquier persona puede presentar ideas, proyectos o programas que tengan que ver con lo que hace el Consejo, como propuestas para resolver problemas del medio ambiente. Pero lo que no está permitido es hacer publicidad o promocionar productos o servicios de cualquier tipo durante esas sesiones.

Texto oficial

Artículo 44. Durante las sesiones, podrán presentarse proyectos o programas cuyos fines tengan relación con las funciones y competencias del Consejo; así como propuestas de solución a los problemas ambientales presentados en el seno del propio Consejo; y no se podrán realizar promociones comerciales de ninguna índole.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.