- Ley
- Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
- Artículo
- 8
Artículo 8 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este reglamento sirve para ponerle orden a cómo se organiza y trabaja el Consejo Consultivo de Protección a la Biodiversidad y Desarrollo Sostenible del Estado de México. Básicamente, dice las reglas para que ese consejo funcione bien, quiénes lo integran y cómo deben tomar decisiones. Su objetivo es cuidar la naturaleza y promover un desarrollo que no acabe con los recursos del estado.
Texto oficial
Artículo 8. El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Consejo Consultivo de Protección a la Biodiversidad y Desarrollo Sostenible del Estado de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.