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Artículo 18 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jurados son grupos de personas que se encargan de elegir a los ganadores de un premio. En cada categoría del premio habrá un jurado diferente, formado por entre 5 y 9 personas. Este jurado decide quiénes son los mejores y luego entrega su recomendación al Consejo de Premiación, que la pasa al Gobernador del Estado para que él dé el visto bueno. El presidente del jurado nombra a un secretario o secretaria para que ayude con el trabajo. Además, pueden invitar a una persona que ya haya ganado el premio antes, y siempre procuran que haya el mismo número de hombres y de mujeres.

Texto oficial

Artículo 18. Los jurados son cuerpos colegiados que se integrarán en cada área de premiación, como lo señala el presente reglamento, y constituyen el órgano encargado de formular los dictámenes que el Consejo de Premiación someterá al Ejecutivo del Estado para su aprobación y estarán integrados por un mínimo de 5 y un máximo de 9 personas integrantes. Cada jurado será presidido de conformidad con lo previsto en el presente reglamento, y la persona que funja como secretaria será nombrada por la presidencia del jurado. En la integración de los jurados se podrá considerar a una persona galardonada en años anteriores y se privilegiará la paridad de género.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.