- Ley
- Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
- Artículo
- 25
Artículo 25 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 25 dice que una vez que los jurados toman una decisión sobre quién gana, no pueden echarse para atrás y cambiarla. Esa decisión la toman ellos según su propio criterio, sin que nadie más los presione. Así que lo que decidan es definitivo y no se puede modificar después, ni siquiera por ellos mismos. Esto aplica al proceso de premiación, o sea, a cómo se elige a los ganadores.
Texto oficial
Artículo 25.- Los jurados no podrán revocar sus propias resoluciones que son de su propio arbitrio e incumbencia. CAPITULO CUARTO DEL PROCEDIMIENTO DE PREMIACION
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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