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Artículo 24 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los miembros del Consejo de Premiación y los jueces no pueden contar nada de lo que vean o escuchen mientras hacen su trabajo. Tienen que mantener en secreto la información que manejan durante el proceso. Esto aplica para todo lo relacionado con los premios y decisiones que tomen. Si no cumplen, podrían tener problemas por no respetar esta regla.

Texto oficial

Artículo 24.- Los miembros del Consejo de Premiación y de los jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos de que conozcan en el ejercicio de sus funciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.