Artículo 28 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier persona que viva en el Estado de México o cualquier organización puede proponer a alguien para que gane un premio o presea. Solo es necesario registrar a esa persona ante el Consejo de Premiación, dentro de la fecha y siguiendo las reglas que indique la convocatoria. La propuesta debe cumplir con los requisitos del reglamento y de la convocatoria, y hay que incluir los documentos que comprueben por qué esa persona merece el premio. Si no tienes todos los papeles, puedes decir dónde se pueden conseguir las pruebas faltantes.
Texto oficial
Artículo 28.- Se concede la más amplia libertad para proponer candidaturas, bajo los siguientes términos: I. Cualquier persona ciudadana mexiquense o cualquier persona jurídica colectiva podrá registrar ante el Consejo de Premiación a la persona candidata o personas candidatas a obtener, por concurso, la presea para la cual fue inscrito; II. La inscripción será dentro de la fecha y bajo los términos que señale la convocatoria correspondiente, y III. Toda propuesta se sujetará a los requisitos previstos en el presente reglamento y la convocatoria correspondiente, debiendo acompañarse de los documentos probatorios que se estimen pertinentes; en su caso, se indicará la naturaleza de otras pruebas y los lugares donde pueden recabarse.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.