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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl110/31
Ley
Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
Artículo
31

Artículo 31 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los miembros del jurado tenían que juntarse a puerta cerrada, en los lugares que les toque el Consejo de Premiación. Nadie más de fuera puede estar presente cuando discuten. Las votaciones se hacen en secreto, sin que nadie sepa cómo votó cada quién para que no haya presión.

Texto oficial

Artículo 31.- Los jurados sesionarán en privado, en los locales que les asigne el Consejo de Premiación. Las votaciones serán secretas.

Ver texto oficial del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México (pág. 7) ↗

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