Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl110/71
Ley
Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
Artículo
71

Artículo 71 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, está cancelado. Cuando una ley dice "derogado", significa que fue eliminada oficialmente. Así que este artículo ya no existe ni tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 71.- Derogado.

Ver texto oficial del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.