Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl110/72
Ley
Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
Artículo
72

Artículo 72 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 72 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto. En su lugar, el Capítulo Sétimo habla sobre cómo se entierran en la Rotonda de las Personas Ilustres del Estado de México. Esto significa que, si alguien es considerado una persona importante por el estado, ahí pueden sepultar sus restos. Una "rotonda" es un lugar especial en un panteón donde se honra a figuras destacadas.

Texto oficial

Artículo 72.- Derogado. CAPITULO SEPTIMO DE LA INHUMACION EN LA ROTONDA DE LAS PERSONAS ILUSTRES DEL ESTADO DE MEXICO

Ver texto oficial del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.