Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 4 del Reglamento del Servicio Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno del estado deberán tomar las acciones que hagan falta para que el servicio social funcione bien en los temas que les toca atender, siguiendo las reglas de este reglamento.

Texto oficial

Artículo 4.- Las dependencias, unidades administrativas y organismos descentralizados del Ejecutivo Estatal dictarán las medidas necesarias para instrumentar el servicio social en sus áreas de competencia, de acuerdo con las disposiciones del presente reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.