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Artículo 34 del Reglamento de Construcción de Inmuebles en Condominio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a hacer un edificio de departamentos (que no sea dúplex o tríplex), tienes que dejar un espacio de al menos dos metros entre la construcción y los límites del terreno. En ese espacio no puedes construir nada, ni siquiera un cuartito o una barda. Pero esta regla no aplica si lo que construyes es un estacionamiento de coches.

Texto oficial

Artículo 34.- Con excepción de construcciones dúplex y triplex, los edificios multifamiliares deberán separarse de las colindancias de su lote propio no menos de dos metros; en este espacio existirá una restricción absoluta de construcción. Esta disposición no es aplicable a las construcciones destinadas al estacionamiento de vehículos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.