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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl16/34
Ley
Reglamento de Construcción de Inmuebles en Condominio
Artículo
34

Artículo 34 del Reglamento de Construcción de Inmuebles en Condominio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a hacer un edificio de departamentos (que no sea dúplex o tríplex), tienes que dejar un espacio de al menos dos metros entre la construcción y los límites del terreno. En ese espacio no puedes construir nada, ni siquiera un cuartito o una barda. Pero esta regla no aplica si lo que construyes es un estacionamiento de coches.

Texto oficial

Artículo 34.- Con excepción de construcciones dúplex y triplex, los edificios multifamiliares deberán separarse de las colindancias de su lote propio no menos de dos metros; en este espacio existirá una restricción absoluta de construcción. Esta disposición no es aplicable a las construcciones destinadas al estacionamiento de vehículos.

Ver texto oficial del Reglamento de Construcción de Inmuebles en Condominio (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.