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Ley
Reglamento de Fomento Económico del Estado de México
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, la Secretaría de Turismo (la dependencia encargada del turismo en el estado) hará un plan para promover los viajes y el turismo en el Estado de México, y lo pondrá en marcha. Para lograrlo, trabajará de la mano con los gobiernos de cada municipio. En pocas palabras, es la manera en que el estado organiza sus esfuerzos para que más gente visite sus pueblos y ciudades.

Texto oficial

Artículo 18.- La Secretaría anualmente elaborará y ejecutará el Programa de Fomento al Turismo del Estado de México, en coordinación con los municipios.

Ver texto oficial del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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