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Ley
Reglamento de Fomento Económico del Estado de México
Artículo
28

Artículo 28 del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una empresa ya está registrada en el padrón de desarrollo económico del estado, puede pedirle a la Secretaría cambiar algún dato que haya dado o cancelar su registro por completo. Solo necesita mandar un escrito explicando por qué quiere hacer el cambio o la cancelación. La Secretaría tiene tres días hábiles (que son los días que no son sábado, domingo ni festivos) para hacer el cambio o cancelación y avisarle a la empresa que ya quedó listo.

Texto oficial

Artículo 28.- Las empresas inscritas en el Registro Estatal de Desarrollo Económico, podrán solicitar a la Secretaría la modificación de los datos aportados por ellas o la cancelación de su inscripción, mediante un escrito en el que se expresen las causas que lo motiven. La Secretaría, dentro del plazo de tres días hábiles, efectuará la modificación o cancelación respectiva, según corresponda y notificará a la empresa solicitante los cambios o la cancelación solicitada.

Ver texto oficial del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.