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Ley
Reglamento de Fomento Económico del Estado de México
Artículo
29

Artículo 29 del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 29 dice que los municipios que firmaron un acuerdo con el gobierno del estado, y las empresas o asociaciones de empresarios que también firmaron un convenio, van a poder recibir los papeles para que los negocios se registren en el Registro Estatal de Desarrollo Económico. En otras palabras, estos municipios y organizaciones ayudan a que los negocios llenen su solicitud y la entreguen, en lugar de que todo se haga directamente en las oficinas de la Secretaría. Así se facilita el trámite para los empresarios, especialmente si están en zonas donde la Secretaría no tiene oficinas.

Texto oficial

Artículo 29.- Los municipios que hayan suscrito acuerdo o convenio de coordinación y las organizaciones empresariales que hayan signado convenio de concertación con la Secretaría, participarán en la recepción de solicitudes de inscripción en el Registro Estatal de Desarrollo Económico.

Ver texto oficial del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México (pág. 6) ↗

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