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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl28/30
Ley
Reglamento de Fomento Económico del Estado de México
Artículo
30

Artículo 30 del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu empresa se registra en el padrón de desarrollo económico del estado, le das permiso a la Secretaría para que publique los datos que entregaste. Ellos pueden usar esa información para promover la economía local. No pueden ponerla en internet si tú no estás de acuerdo con eso. En pocas palabras, al inscribirte aceptas que tu empresa salga en sus anuncios de apoyo económico.

Texto oficial

Artículo 30.- Las empresas que se inscriban en el Registro Estatal de Desarrollo Económico autorizarán a la Secretaría a difundir, con fines de promoción económica, la información proporcionada. CAPITULO QUINTO DEL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS

Ver texto oficial del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.