Artículo 37 del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 37 dice que, para dar un premio, el Comité Organizador va a clasificar a las empresas en cuatro tamaños: micro, pequeña, mediana y grande. Esto sirve para saber en qué categoría compite cada negocio. No se explica cómo se define cada tamaño, solo se mencionan las categorías.
Texto oficial
Artículo 37.- Para el otorgamiento del premio, el Comité Organizador considerará las siguientes categorías de empresas: I. Micro. II. Pequeña. III. Mediana. IV. Grande. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- Publíquese el presente Reglamento en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno". SEGUNDO.- Este Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno”. TERCERO.- Se abrogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Reglamento. CUARTO.- El Consejo Consultivo Económico Estatal emitirá su reglamento interno en un plazo de ciento veinte días contados a partir de la entrada en vigor de este Reglamento. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los nueve días del mes de octubre de dos mil tres. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MEXICO ARTURO MONTIEL ROJAS (RUBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 09 de octubre de 2003. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE FOMENTO ECONOMICO DEL ESTADO DE MEXICO 9 MANUEL CADENA MORALES (RUBRICA). APROBACIÓN: 09 de octubre de 2003 PUBLICACIÓN: 09 de octubre de 2003 VIGENCIA: 10 de octubre de 2003
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.