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Artículo 36 del Reglamento de Fomento Económico del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Organizador es el grupo encargado de coordinar todo lo relacionado con un premio o concurso. Ellos tienen la facultad de sacar cada año una convocatoria, donde explican las reglas para participar y cómo se va a entregar el premio. También pueden elegir a un jurado, que son las personas que evalúan a los participantes; la opinión de ese jurado se puede tomar en cuenta para decidir quién gana en las diferentes categorías del premio.

Texto oficial

Artículo 36.- El Comité Organizador tendrá las atribuciones siguientes: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 09 de octubre de 2003. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE FOMENTO ECONOMICO DEL ESTADO DE MEXICO 8 I. Expedir anualmente la convocatoria respectiva, la que deberá contener las bases bajo las cuales se otorgará el premio. II. Nombrar un jurado, cuya opinión podrá ser tomada en cuenta para el otorgamiento del premio en sus distintas modalidades y categorías.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.