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Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando vayas a denunciar un delito, puedes hacerlo de distintas formas. Si acudes directamente a una policía, puedes decirlo de palabra, sin necesidad de escribir nada. También puedes presentar tu denuncia por escrito o por internet ante cualquier autoridad del Estado de México que tenga la facultad de recibirla. Además, está la opción de llamar por teléfono a los números que la Secretaría correspondiente ponga a tu disposición.

Texto oficial

Artículo 36. Las denuncias se formularán: I. Verbalmente, cuando se presenten ante las instituciones policiales. II. Por escrito o vía electrónica, cuando se presenten ante cualquier autoridad competente del Estado de México. III. Por vía telefónica, a través de las líneas que establezca la Secretaría. CAPÍTULO IX DE LA VIGILANCIA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.